05721. Panel epigráfico. Hacienda de San Antonio. Almensilla. Sevilla.
Código
05721
Tipo de obra
Panel de azulejos
Función
Heráldica civil
Información
Tipo de panel
Pictórico
Autor
Desconocido
Cronología
1734
Fuente de la cronología
Datado en la obra
Dimensiones
0,60 m. x 1,35 m. (aprox.)
Pieza datada
Si
Lugar exacto donde se encuentra
Fachada de la hacienda de San Antonio. Plaza de la Iglesia
Población
Almensilla
Provincia
Sevilla
País
España
Situada en el
Exterior
Lugar de producción
Sevilla
Zona de producción
Andalucía
Técnica decorativa
Azulejo plano pintado
Tema de decoración o temática
Epigráfica
Heráldica
Estado de conservación
Deficiente. Riesgo alto de destrucción
Más datos
Leyenda: En 20 de mayo de 1640 S.M. el S.D. Felipe IV Rey de Castilla despachó su Real Privilegio y confirmación perpetuo para siempre jamás de la gracia y merced que en 20 de noviembre de 1629 le hizo a D. Francisco Fernández Marmolejo de la Orden de Santiago por los servicios de su Casa, para él y los sucesores en su Casa y Mayorazgo, de hacer como S.M. hizo donadío cerrado y adehesado, quinientas fanegas de tierra de sembrar, inclusas en ellas ciento de olivar que tenía de su Mayorazgo y todas juntas con sus linderos y con sus casas principales en el heredamiento de Almensilla, término de Palomares, para que en ningún tiempo del año nadie pudiese con sus ganados, mayor ni menor, pastar en ellas, matar la caza, ni beber las aguas, so pena de incurrir en las penas en que caían los que pastan las dehesas sin licencia de sus dueños, y que gozasen de todos los aprovechamientos de las dichas tierras dicho Don Francisco Fernández Marmolejo y los sucesores en su Casa y Mayorazgo y que pudiesen poner guardas y éstos encerrar los ganados que entraren en dicho donadío en las casas de dicho Mayorazgo y dicho guarda, dentro del tercero día pasar a Sevilla a hacer la denunciación ante el Asistente o sus tenientes y que baste para la información plenaria sólo su juramento para condenar las personas y ganados en las penas en que incurren los que entran en cotos cerrados sin licencia de sus dueños. Y S.M. mandó que ninguna otra justicia se entrometan a conocer ni quebrantar privilegios so las penas en que incurren los inobedientes. Y presentado dicho privilegio ante el señor licenciado D. Pedro de Castilla, caballero y teniente del Asistente de Sevilla y Nicolás de Yepes, su secretario. En 30 de septiembre de 1734 mandó poner este edicto y a los alcaldes de Palomares hagan guardar dicho privilegio, so pena de 10.000 maravedíes para la Cámara de S.M.
Leyenda que contiene la obra
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Autor de las fotografías
Manuel Pablo Rodríguez Rodríguez. Febrero 2024